Disolución y liquidación
- Solicitud de disolución y liquidación de la organización dirigida al Secretario/a de Derechos Humanos o a su Delegado/a, firmada por el interesado, con la indicación del correo electrónico para futuras notificaciones.
- Convocatoria a Asamblea o Congreso de Disolución y Liquidación, firmada por el Presidente o por quien le corresponda convocar conforme el Estatuto, que deberá contener al menos: lugar, fecha, hora de reunión y orden del día.
- Acta de Asamblea o Congreso de Disolución y Liquidación firmada por el Presidente y certificada por el Secretario/a, la cual debe guardar relación con la convocatoria o auto convocatoria, en la que debe constar entre otros datos: los nombres completos, número de cédula de ciudadanía y firmas de los miembros activos de la organización que asisten a la reunión, que permita visualizar el quórum reglamentario; el pronunciamiento claro sobre el tema de disolución y liquidación adoptado por la Asamblea o Congreso; y, designación del liquidador. Importante: El proceso de disolución y liquidación se realizará con el voto de las dos terceras partes de los miembros activos legalmente registrados. En el caso de organizaciones de segundo y tercer grado, para el quórum reglamentario deberán participar las organizaciones registradas como miembros con sus respectivos delegados conforme establezca el Estatuto, lo cual deberá constar en el Acta).
- Informe del Liquidador aprobado por la Asamblea General.
- Listado actualizado consolidado con nombres y apellidos completos, números de cédula de los miembros que forman parte de la organización, certificado por el secretario/a, en formato físico y en Excel.