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Observatorio Nacional de Violencia de Género contra las Mujeres

Antecedentes.

  • La LOIV define al Observatorio Nacional de Violencia como  un mecanismo para articular el Sistema Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia de Género contra las Mujeres.
  • El Art. 58 de esta ley indica que “El Observatorio tiene por objeto elaborar informes, estudios y propuestas para la efectiva implementación de la presente Ley, a través de la recolección,  producción, sistematización y análisis de datos e información cuantitativa y cualitativa sobre violencia de género contra las mujeres, para brindar insumos en el diseño, formulación, implementación, seguimiento y evaluación de políticas púbicas tendientes a la implementación de la presente Ley.”