Registro de directiva o de nombramientos
Importante: Previo a la elección del directorio o cualquier trámite, revise y analice el estatuto vigente de la organización para que la elección o el trámite respectivo, se realice en base a lo que allí se determine, sobre convocatoria, forma de elección, estructura del directorio, período de duración, inclusión/exclusión de miembros, etc.
- Solicitud de registro e inscripción de la directiva o nombramiento dirigida al Secretario/a de Derechos Humanos o a su Delegado/a, firmada por el Presidente electo, con la indicación del correo electrónico para futuras notificaciones.
- Convocatoria a Asamblea de Elección, firmada por el Presidente o por quien le corresponda convocar conforme el Estatuto. La Convocatoria debe contener al menos: lugar, fecha, hora de reunión y orden del día.
- Acta de Asamblea de Elección, firmada por el Presidente, certificada por el Secretario/a electo/a, la cual debe guardar relación con la convocatoria, en la que debe constar entre otros datos: los nombres completos y firmas de los miembros activos de la organización que asisten a la reunión, que permita visualizar el quórum reglamentario; el pronunciamiento claro sobre la decisión adoptada por la Asamblea respecto a la elección de la directiva; y, los nombres completos de los miembros directivos electos, con los respectivos números de cédula. (Importante: En el proceso de elección participan únicamente los miembros activos legalmente registrados. De existir nuevos integrantes, previo a la elección, deberá realizar la inclusión de miembros).
- Copia de cédula de ciudadanía y certificado de votación del último proceso electoral, legible a color, de los miembros electos.
- Copia simple o certificada de la inscripción del estatuto en el Registro de la Propiedad donde fue inscrita la organización.
- En el caso de que la organización no hubiere realizado el registro de la directiva y/o de un nombramiento de períodos anteriores en el tiempo que estipula el estatuto; antes de llevar a efecto la Asamblea de Elección, el último Representante Legal saliente, reconocido por la Cartera de Estado, deberá realizar una declaración juramentada ante Notario Público, justificando las razones por las cuales no se ha realizado los referidos registros, detallando el tiempo exacto en que la organización no ha registrado el directorio.
- En el caso en que ciudadanos extranjeros formen parte de la organización, presentará fotocopia a color legible de la visa, la misma que debe constar con estadía legal vigente, de acuerdo con la calidad migratoria en relación a las funciones que realizará en la organización religiosa.
- Listado actualizado consolidado con nombres y apellidos completos, números de cédula de los miembros que forman parte de la organización, certificado por el secretario/a electo/a, en formato físico y en Excel.